jueves 08.06.2023

Municipios y comunas santafesinos podrán afectar hasta el 50% a gastos corrientes


La Legislatura de la Provincia de Santa Fe, primero en la 11ª sesión ordinaria de la Cámara de Senadores del día jueves 20 de setiembre de 2018 que presidió el vicegobernador Carlos Alcides Fascendini (NEO-UCR-FPCS), presidente del cuerpo legislativo, por unanimidad y sobre tablas, y ahora en la 15ª sesión ordinaria de la Cámara de Diputados del día 27 de setiembre de 2018, sancionó con fuerza de Ley, como aconteciera en el transcurso del año 2017, el Proyecto de Ley (Expediente 35510 SEN) autoría del Bloque Justicialista “Juan Domingo Perón” que preside el senador Armando Ramón Traferri (BJ-San Lorenzo), por el cual, y mediante cuatro artículos, “se faculta afectar hasta el cincuenta por ciento (50%) del destino de los ingresos provenientes del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados (Fondo de Obras Menores)”, según Ley Provincial Nº 12.385, para ser aplicado a gastos corrientes de los Municipios y Comunas de toda la Provincia de Santa Fe, “en forma excepcional y por única vez durante el año 2018”, para “dar respuestas a las muchas necesidades de los gobiernos locales”; y se giró al Poder Ejecutivo Provincial para su promulgación y publicación en el Boletín Oficial.

Se faculta al Poder Ejecutivo, a partir de la fecha de promulgación de la presente Ley y hasta su instrumentación, a “otorgar a los Municipios y Comunas que lo soliciten en concepto de anticipo a cuenta hasta el monto total del importe correspondiente, con el objeto exclusivo de atender erogaciones vinculadas a los gastos corrientes como el pago de haberes y sueldo anual complementario y otras necesidades. Los Municipios y Comunas garantizarán el reintegro del anticipo con el importe que afecten para gastos corrientes en el presente ejercicio”.

Se aprobó por unanimidad en el Senado en la 11ª sesión ordinaria del día jueves 20 de setiembre de 2018, prácticamente sin alocuciones de los representantes territoriales como aconteciera el pasado día jueves 29 de junio de 2017, y se comunicó la media sanción a Diputados que, al igual como ocurriera en la sesión ordinaria del jueves 12 de octubre de 2017, otorgó sanción definitiva en la 15ª sesión ordinaria del día jueves 27 de setiembre de 2018 y se comunicó al Poder Ejecutivo para su promulgación; no sin antes expresarse en pleno recinto los diputados: Héctor Cavallero (FJV), Luis Daniel Rubeo (BJ), Edgardo Luis Martino (NEO-UCR-FPCS), Sergio Más Varela (Cambiemos-CSF), Julián Galdeano (UCR-FPCS), Gabriel Real (PDP-FPCS), Fabián Palo Oliver (NEO-UCR-FPCS), Julio Eggimann (JSF) y Rubén Galassi (PS-FPCS) quienes coincidieron, en líneas generales, en “brindar una respuesta al reclamo unánime de los intendentes y presidentes comunales”, cuyos gobiernos y administraciones locales “han visto limitado sus ingresos por la caída de la actividad económica y la eliminación del Fondo Federal Solidario (Fondo Soja)”,y que puedan tener “un flujo más rápido de los recursos para un destino más expedito del Fondo de Obras Menores”.

Se modificó en 2018 como en 2017 y 2016 el destino del Fondo de Obras Menores

Los Municipios y Comunas que hagan uso de la facultad prevista en la presente Ley durante este año 2018, deberán efectuar “las rendiciones respectivas según las disposiciones legales vigentes”; al igual que en el año 2017, sin olvidar que durante el año 2016, para utilizar los fondos, se requirió “la rendición de cuentas de los montos correspondientes al Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados (Ley Nº 12.385) de años anteriores”, y fue de aplicación el Decreto Nº 1123 del 25 de abril de 2008.

Para el año 2015, “en forma excepcional”, se afectó hasta el 25% de los ingresos

Vale recordar que hace tres (3) años, durante la anterior gestión, impulsado por el senador radical Felipe Enrique Michlig (NEO-UCR-FPCS-San Cristóbal), acompañado de sus pares oficialistas y de la oposición, que habían suscripto los presidentes de las distintas bancadas, por el cual nuevamente, y por séptimo año consecutivo, como aconteciera en los años 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014, se había facultado a los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe, en forma excepcional para el año 2015, a afectar hasta el veinticinco por ciento (25%) del destino de los ingresos provenientes del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados creado por Ley Nº 12.385, para ser aplicado a gastos corrientes.

Luego, para el año 2016, se logró afectar hasta el 50% por la catástrofe hídrica

No debemos olvidar que en ocasiones anteriores, esa facultad conferida a los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe, siempre en forma excepcional “y por única vez” había sido del 50%; en el año 2013, del 35%; y en el año 2014, del 25%. Cabe destacar que en oportunidad de la media sanción del Senado durante el año 2014, los senadores justicialistas Alberto Crossetti (Mandato Cumplido-Belgrano) y Armando Traferri (BJ-San Lorenzo), en esa instancia, habían afirmado en pleno recinto que “por última vez votaban esta excepción” porque se alteraba el espíritu de la Ley Provincial Nº 12.385 conocida como Fondo de Obras Menores.

Los Municipios y Comunas afectaron en 2015 el 25% del Fondo de Obras Menores

Se facultó a los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe, en forma excepcional para el año 2015, a afectar hasta el veinticinco (25%) del destino de los ingresos provenientes del Fondo para la Construcción de Obras y Adquisición de Equipamientos y Rodados creado por Ley Nº 12.385, para ser aplicado a gastos corrientes, para lo cual se requirió la rendición de cuentas de los montos correspondientes a los años anteriores: 2009, 2010, 2011, 2012, 2013 y 2014 por parte de los Municipios y Comunas que hicieron uso de esta facultad, y se aplicó, a tales fines, la reglamentación aprobada por Decreto Nº 1123 del 25 de abril de 2008.

En 4 ocasiones se facultó a modificar el destino hasta un 50% y en 2013 el 35% 

La Ley Nº 12.385 dispuso la creación de este Fondo de Obras Menores para los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe, estableciendo taxativamente el destino y aplicación de los ingresos a percibir por dicho concepto. En cuatro ocasiones, en los años 2009, 2010, 2011 y 2012, la Legislatura Provincial facultó en forma excepcional “y por única vez” a los Municipios y Comunas comprendidos en la citada Ley Nº 12.385 a modificar en un 50% el destino de esos ingresos y aplicarlos para gastos corrientes. En el año 2013, esa facultad se limitó al 35%.

Se facultó, para el año 2015, como en 2014, modificar el destino hasta un 25%

En el año 2014, esa facultad se limitó al 25%. Luego, para el año 2015, y otra vez en forma excepcional “y por única vez”, el Senado, por séptimo año consecutivo, aprobó la iniciativa, pero sólo hasta el veinticinco por ciento (25%) como en 2014, para el pago de sueldos, aguinaldos y otros gastos corrientes, en la sesión ordinaria del jueves 30 de julio de 2015, comunicándose la media sanción aprobada sobre tablas y en forma unánime, impulsada por el senador radical Felipe Michlig (NEO-UCR-FPCS-San Cristóbal), a Diputados que, en la sesión ordinaria del jueves 27 de agosto de 2015, también por unanimidad y sobre tablas, sancionó con fuerza de Ley. Luego, para el año 2016, el octavo pedido fue del 50% por la catástrofe hídrica y, en el año 2017, se repitió el 50%, pero por “la caída de los recursos de coparticipación nacional y provincial que se registraran en los municipios y comunas”. Ahora, en este año 2018, a pesar de un pedido por el 100%, se insiste con el 50%“en un contexto actual de muchas dificultades”, y en tal sentido avanzó el Senado el día 20 de setiembre de 2018, comunicándose la media sanción a Diputados que, como se indica más arriba, completó el día 27 de setiembre de 2018 el procedimiento legislativo y giró la flamante norma, por 10ª vez consecutiva, al Poder Ejecutivo para su promulgación.

Se facilita un herramienta financiera muy importante a los Municipios y Comunas

Se facilita una herramienta financiera a los Municipios y Comunas de la Provincia de Santa Fe que están pasando por una situación económica muy difícil, para atender casos urgentes y prioritarios respecto al destino originario del Fondo que refiere puntualmente a Obras Públicas, a los efectos de garantizar un funcionamiento institucional acorde a las actuales circunstancias.

Las solicitudes se presentarán a la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas

Las administraciones que resuelvan hacer uso de esa facultad, una vez que se promulgue por 10ª vez consecutiva la norma, deberán presentar la solicitud correspondiente ante la Secretaría de Regiones, Municipios y Comunas, según los requerimientos establecidos en el decreto respectivo, y dichas solicitudes serán elevadas al Ministerio de Gobierno y Reforma del Estado para su resolución, quedando habilitados los Municipios y Comunas a utilizar, en forma excepcional para el año 2018, hasta el cincuenta por ciento (50%) de los recursos asignados por el Fondo de Obras Menores, para ser aplicado a gastos corrientes; coincidieron en el Proyecto de Ley (Expediente 35510 SEN) los once (11) integrantes del Bloque Justicialista “Juan Domingo Perón” que preside el senador Armando Ramón Traferri (BJ-San Lorenzo), ingresado en la 2ª sesión ordinaria del día jueves 10 de mayo de 2018 del Senado Santafesino y aprobado en la 11ª sesión ordinaria de fecha 20 de setiembre de 2018, comunicándose la media sanción a Diputados que el día jueves 27 de setiembre de 2018, por unanimidad y sobre tablas, dio sanción definitiva; de similar tenor a la iniciativa sancionada por la Legislatura, primero en “Senadores” el 29 de junio de 2017 y posteriormente en “Diputados” el jueves 12 de octubre de 2017.

Se habían perdido 4 millones de toneladas de soja por 2.000 millones de dólares

Se había hecho mención en oportunidad de la sanción durante el año 2016 que “de los 12 millones de hectáreas del territorio santafesino, casi 4 millones habían quedado bajo agua y otro tanto afectadas por el exceso hídrico, donde el sector más comprometido fue la cuenca lechera, con una producción que cayó el 50% y se perdieron 14 millones de pesos por día”. Se había acotado, asimismo, que el número más preocupante lo aportaba la cosecha gruesa, por la “pérdida de 4 millones de toneladas de soja por más de 2.000 millones de dólares”.

La modificación se sustentó, en el año 2016, en el contexto de la emergencia hídrica

Se había destacado también que “la modificación se sustentaba en el contexto de emergencia hídrica que implicó la afectación de cuantiosos montos a la reconstrucción de la red caminera de cada distrito y asistencia social a las familias perjudicadas por el fenómeno climático”, sumado a “la situación socioeconómica derivada de los reacomodamientos tarifarios dispuestos por el Gobierno Nacional”.

Ahora en 2018 como en 2017 se funda en la caída de recursos de coparticipación

Ahora, para este año 2018, al igual que en el año 2017, para que los municipios y comunas puedan afrontar el pago de sueldos, cargas sociales y otros compromisos, y cumplir con muchas obligaciones, se renovó idéntica posibilidad de afectación a gastos corrientes de los recursos de la Ley Nº 12.385, más teniendo en cuenta “la caída de los recursos de coparticipación nacional y provincial” que, en algunos casos, y advertido por presidentes comunales e intendentes, han tenido caídas de “alrededor de un 40% en su recaudación e ingreso por coparticipación”, fundamentaron los legisladores provinciales, los senadores y los diputados, el Proyecto de Ley (Expediente 35510 SEN), de similar tenor al sancionado el año pasado por la Legislatura, ingresado el jueves 10 de mayo de 2018 y aprobado por unanimidad y sobre tablas el jueves 20 de setiembre de 2018 en el Senado Santafesino, y, también sobre tablas y por unanimidad, el día jueves 27 de setiembre de 2018 en Diputados que completó el procedimiento parlamentario en “respuesta a las necesidades y preocupaciones de los intendentes y presidentes comunales”; aclarándose que “para el presente ejercicio económico la Provincia tiene asignado, en el marco de la Ley Nº 12.385, en el Presupuesto 2018, un importe de casi 1.050 millones de pesos ($ 1.046.809.750), neto de la preafectación del 5% para proyectos de urgente implementación a llevar a cabo por los gobiernos locales” y, por ende, poco más de 500 millones de pesos se afectarán a gastos corrientes por parte de las administraciones y gobiernos locales.