La reforma de la Constitución santafesina, sancionada hace apenas unas semanas, ya generó su primera tensión interpretativa en el ámbito legislativo. El escenario fue la Cámara de Diputados, donde el debate sobre un empréstito internacional de 25 millones de dólares expuso diferentes lecturas sobre el alcance del nuevo artículo 90 inciso 11 de la Carta Magna. No se trató solo de un proyecto de financiamiento: lo que quedó en evidencia fue la dificultad de aplicar de inmediato una normativa recién estrenada, cuyos términos pueden dar lugar a interpretaciones dispares.
El contrapunto, que parecía técnico, dejó ver de fondo un problema político mayor: ¿la nueva Constitución ofrece seguridad jurídica y previsibilidad en materia de deuda pública o, por el contrario, abre márgenes de incertidumbre que cada bloque intentará usar en función de sus intereses coyunturales?
La sesión del jueves expuso con crudeza esas diferencias. Para el diputado justicialista Walter Agosto, exministro de Economía y conocedor de la materia fiscal, la redacción actual supone un riesgo de desborde en los límites de endeudamiento que antes estaban más claramente acotados. Desde Unidos para Cambiar Santa Fe, Pablo Farías defendió la lectura de que el límite debe aplicarse por ejercicio anual, es decir, medido en la ejecución presupuestaria de cada año. Y desde el Frente Amplio por la Soberanía, Fabián Palo Oliver advirtió que el solo hecho de que surjan estas dudas en el primer caso concreto de aplicación ya es una señal de alarma.
Incluso el exgobernador Omar Perotti, con tono de prudencia, remarcó que el compromiso asumido al sancionar la nueva Constitución exige despejar todas las dudas para que no quede margen a excusas ni judicializaciones futuras.
El proyecto en discusión
El eje del debate fue la autorización al Poder Ejecutivo para contraer un empréstito con el OPEC Fund por hasta 25 millones de dólares, con destino a la obra de mitigación contra inundaciones y estabilización de las barrancas en San Javier. El crédito tiene condiciones financieras consideradas razonables: devolución en 20 años, 5 años de gracia y una tasa de interés de entre 6,5 y 7%.
Agosto coincidió en la necesidad de la obra, pero subrayó que el endeudamiento en moneda extranjera implica riesgo cambiario y, más aún, podría exceder el límite constitucional del “cuarto de la renta provincial”. A diferencia del texto anterior, que fijaba la restricción en los servicios de la deuda (intereses más capital), la nueva Constitución habla directamente del empréstito, lo que —según su interpretación— eleva la vara de control.
Diferencias de interpretación
Farías, en cambio, explicó que la intención del constituyente fue fijar un límite medido en cada ejercicio anual, y no computar la totalidad del capital comprometido a lo largo de los 20 años del préstamo. Según su visión, el espíritu de la reforma fue dar flexibilidad al Estado provincial sin perder el control legislativo.
Palo Oliver fue tajante: si en la primera aplicación de la norma ya existen posiciones opuestas, se abre la puerta a futuras controversias más graves. “Estamos en problemas”, sintetizó, señalando la fragilidad del nuevo marco normativo en un tema tan sensible como el endeudamiento.
Perotti buscó un punto de equilibrio. Respaldó la necesidad de la obra en San Javier y pidió que el debate no se convierta en un obstáculo. Pero advirtió que el compromiso asumido con la nueva Constitución impone un estándar mayor de claridad: “No puede quedar flotando ninguna duda. Necesitamos certezas para cumplir con lo que votamos hace apenas días”.
Qué dice la nueva Constitución
El artículo 90 inciso 11 establece que una de las atribuciones del Poder Legislativo es autorizar al Ejecutivo a celebrar empréstitos y operaciones de crédito, “sin que puedan comprometer más de la cuarta parte de la renta provincial”. A diferencia de la redacción anterior, ya no se refiere a los “servicios de la deuda” sino al empréstito en sí mismo.
Además, el artículo 8º de la nueva Carta Magna fija que la administración financiera debe regirse por los principios de sostenibilidad, transparencia y equilibrio fiscal, prohibiendo que la deuda financie gasto corriente salvo casos de urgencia.
Un debate que recién empieza
El episodio marca el inicio de lo que probablemente será una serie de debates interpretativos en la Legislatura y, eventualmente, en los tribunales. La redacción abierta de varios artículos de la nueva Constitución deja margen para que cada bloque político intente leerlos según sus intereses coyunturales.
El caso del endeudamiento muestra el riesgo de que la falta de precisión jurídica derive en disputas políticas y paralice decisiones estratégicas. En este caso, la obra en San Javier fue aprobada, pero con advertencias explícitas que anticipan futuros choques.
La pregunta de fondo es si la nueva Constitución, que buscaba modernizar el marco institucional, traerá más claridad y previsibilidad o si, por el contrario, abrirá un terreno fértil para las disputas interpretativas que ya comenzaron a germinar.