En el marco del proceso de Reforma Constitucional que se lleva adelante en la provincia de Santa Fe, el tema de la autonomía municipal se ha convertido en uno de los puntos más esperados y discutidos de la Convención Reformadora. La posibilidad de que los municipios dicten sus propias Cartas Orgánicas es, para muchos intendentes y especialistas, un salto cualitativo en la modernización institucional de la provincia. Pero no todos coinciden en su alcance, en los plazos ni en la forma en que debería implementarse.
A medida que la Convención entra en etapa de definiciones, se intensifica la discusión sobre cuánto poder real deberían tener los gobiernos locales para reorganizar su institucionalidad, tomar decisiones sin tutela provincial y diseñar su propia forma de gobierno. La Carta Orgánica aparece como el núcleo del conflicto: una herramienta que, de ser aprobada, permitiría a cada ciudad redactar su propia “constitución local”.
En el programa de streaming que también se emite en radios y canales de toda la Provincia, “El Diario de la Reforma”, el Convencional de “Más Para Santa Fe” Diego Giuliano, afirmó que darle más recursos y acción vía constitución a las ciudades autónomas genera más poder para Intendentes y le quita al Gobernador de turno. El Diputado Nacional, también manifestó: “Ahora hablar de la Autonomía Municipal está generando pánico”
¿Qué es la Carta Orgánica y por qué es clave?
La Carta Orgánica Municipal es un instrumento jurídico que permite a los municipios establecer su estructura institucional, sus órganos de gobierno, el sistema electoral local, los mecanismos de control y participación ciudadana, y las normas administrativas y fiscales propias. En otras palabras, es la base legal que le da autonomía real a un gobierno local para organizarse y gobernar según sus particularidades.
Hoy, en Santa Fe, los municipios se rigen por leyes provinciales uniformes que no distinguen entre ciudades grandes y pequeñas, con realidades demográficas, económicas y sociales muy distintas. Esto limita la capacidad de innovación institucional y gestión autónoma.
Lo que se discute en la Convención
- ¿Qué nivel de autonomía deben tener los municipios?
La Constitución Nacional, desde 1994, reconoce el derecho de los municipios a ser autónomos. Pero Santa Fe nunca lo incorporó en su Constitución. Ahora, la posibilidad de consagrar esa autonomía plena —institucional, política, administrativa y financiera— está sobre la mesa.
- ¿Deben todos los municipios tener Carta Orgánica?
Algunos sectores proponen que todas las ciudades tengan la obligación (o al menos la posibilidad) de dictar su Carta Orgánica. Otros advierten que no todos los municipios tienen capacidad técnica o institucional para hacerlo y plantean establecer criterios mínimos o escalonados.
- ¿Cuál es el rol de la provincia en ese proceso?
Hay quienes sostienen que el dictado de una Carta Orgánica debe ser completamente autónomo y no requerir aprobación provincial. Otros proponen algún mecanismo de control de constitucionalidad o acompañamiento técnico para garantizar calidad institucional y evitar conflictos de normas.
Intendentes y convencionales impulsan la autonomía
Intendentes y presidentes comunales de distintos partidos, principalmente del PJ pero también del radicalismo, el socialismo y el PRO, vienen reclamando que la Reforma reconozca la plena autonomía municipal, y con ella, el derecho a redactar Cartas Orgánicas.
Los argumentos centrales que esgrimen son:
. La necesidad de que cada ciudad pueda adaptar su estructura política a su realidad.
. La urgencia de descentralizar el poder provincial para lograr mayor eficiencia y cercanía en la gestión.
. La importancia de avanzar hacia una democracia más participativa, con mecanismos propios de control, presupuestos participativos y defensorías locales.
Los desafíos: recursos, capacidades y riesgo de desigualdad
El dictado de Cartas Orgánicas, sin embargo, también abre interrogantes:
¿Todos los municipios podrán redactarla con calidad técnica?
Especialistas alertan sobre las diferencias de capacidades entre ciudades grandes y pequeñas. Temen que algunas localidades no estén preparadas para asumir el desafío sin asistencia.
¿Puede generar desigualdades institucionales entre ciudades?
Si cada ciudad tiene su propio sistema electoral, órganos de gobierno o esquemas fiscales, ¿se garantiza equidad y coherencia dentro de la provincia?
¿Cuál será el papel del Tribunal Electoral y de los organismos de control?
La reforma deberá establecer cómo se armonizan las normas locales con los organismos provinciales para evitar superposición o vacío legal.
Una oportunidad histórica
Más allá de las diferencias, hay consenso en que la Reforma Constitucional representa una oportunidad única para saldar una deuda institucional de más de 30 años. El dictado de Cartas Orgánicas permitiría modernizar el modelo municipal santafesino, superar el esquema centralista heredado del siglo pasado, y sentar las bases de una nueva convivencia entre Provincia y municipios.
La clave estará en cómo se redacten los artículos, qué condiciones se establezcan y cómo se equilibren autonomía y responsabilidad. El resultado marcará el rumbo del poder local en Santa Fe por las próximas décadas.