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HOY:  viernes 11 de octubre del 2024

Datos de la Boleta única de papel que avanza en el Congreso y no es el modelo Santa Fe

La Cámara alta devolvió el texto con modificaciones, entre ellas se cambió el modelo cordobés por el mendocino, se quitó la opción de votar lista completa y se adelantó la fecha de las PASO.

¿El modelo de Córdoba y Mendoza es superior al de Santa Fe?,se pregunto el Doctor en Derecho y Director de la Diplomatura en Derecho Electoral y Político, Oscar Blando, en una editorial y la respuesta es que no existen modelos ideales, perfectos o neutros. A todos pueden adjudicársele ventajas y desventajas, sesgos o consecuencias que deben ser dimensionadas, discutidas y evaluadas antes de la sanción de una ley.

La implementación de la Boleta Única de Papel (BUP) para cargos nacionales, obtuvo modificaciones respecto al diseño y financiamiento. El diseño aprobado tendrá el modelo de Mendoza en el cuál la boleta estará dividida en filas horizontales para cada cargo electivo y en columnas verticales para cada agrupación política. Además, se elimina la opción de votar en un casillero la lista completa.

El senador Edgardo Kueider (Unidad Federal), como miembro informante, destacó que «esta iniciativa hace un aporte importante para fortalecer el sistema democratico de la República Argentina porque garantiza que en el cuarto oscuro esté presente toda la oferta electoral en una sola boleta».

-El proyecto, que obtuvo 39 votos positivos y 30 negativos en el Senado, contaba con media sanción en Diputados desde junio de 2022, impulsado entonces por bloques opositores.

-Al recibir modificaciones de la cámara revisora, debe volver a tratarse en Diputados. Si eso no ocurre antes de que finalice febrero de 2025, el proyecto perdería estado parlamentario.

-A través de la iniciativa se modifican artículos de: la Ley 19.945 (Código Nacional Electoral); la Ley 26.215 (Financiamiento de los Partidos Políticos); la Ley 26.571 (PASO); la Ley 15.262 (Simultaneidad de Elecciones); y la Ley 24.007 (Registro de Electores Residentes en el Exterior).

-El diseño aprobado por el Senado propone el “modelo mendocino”, en el cual la boleta estará dividida en filas horizontales para cada cargo electivo y en columnas verticales para cada agrupación política.

–Se elimina la opción de votar en un casillero la lista completa.

-En la BUP se identificarán con claridad: el nombre de la agrupación política; la sigla, símbolo distintivo y el número de identificación de la agrupación política; la categoría de cargos a elegir.

-Para el caso de presidente y vice: nombre, apellido y fotografía color de ambos candidatos.

-Para el caso de la lista de senadores nacionales: nombre y apellido de los candidatos y fotografía color de las personas titulares.

-Para el caso de la lista de diputados nacionales, deberá contener como mínimo los nombres y apellidos de los 5 primeros candidatos y candidatas de la lista, a excepción de los distritos que elijan un número inferior, en cuyo caso se consignarán el total de los candidatos y candidatas. En todos los casos se incluirá la fotografía color de los primeros dos 2 candidatos titulares.

-Para el caso de la lista de parlamentarios del Mercosur, por distrito nacional deberá contener el nombre y apellido de los 5 primeros candidatos y candidatas de la lista y fotografía color de las 2 primeras personas titulares.

-Para el caso de la lista de candidatos a parlamentario del Mercosur, por distrito provincial: nombre y apellido y fotografía color del candidato titular.

–Cada Junta Electoral Nacional adaptará dicho modelo y la diseñará de acuerdo a la oferta electoral de su distrito.

–El Poder Ejecutivo establecerá las medidas máximas y mínimas que podrá tener la BUP, así como también aquellas pautas técnicas y materiales que resultan necesarias para su implementación.

-En la cabina de sufragio, el elector marcará la opción electoral de su preferencia en la BUP con cualquier tipo de marca dentro de los casilleros impresos en ella, según corresponda.

-Una de las modificaciones es que las elecciones Primarias, Abiertas, Simultáneas y Obligatorias se adelantarán del segundo al primer domingo de agosto.

-El artículo 60 lleva de 50 a 60 días anteriores a la elección el plazo para el registro de la lista de candidatos proclamados; de 40 a 45 días para exhibir el diseño de la boleta única; y la campaña electoral se iniciará 60 días antes de las elecciones -actualmente es 50-.

-La justicia federal con competencia electoral y la Dirección Nacional Electoral llevarán adelante una campaña de difusión y capacitación destinada a informar a la sociedad acerca de las características del sistema de BUP.

-La media sanción de Diputados contemplaba que para facilitar el voto de personas ciegas se elaboren plantillas en braille, pero en el Senado eso se quitó.