El Diputado Provincial consideró que el Tribunal Electoral desconoció «la legislación vigente y la jurisprudencia en la materia», por lo que anunció que recurrirá la decisión para que no se cambien las reglas de juego.
El Tribunal Electoral de la provincia resolvió en favor del exsenador Rubén Giustiniani, de Igualdad y Participación, la disputa de la banca número 50 de la Cámara de Diputados. Por su parte, el actual diputado del Frente Amplio por la Soberanía, Fabián Palo Oliver, adelantó que apelará ante la Corte Suprema de Justicia.
La discusión se centra en la interpretación hecha por el Tribunal sobre un porcentaje de votos que marca el umbral mínimo para acceder a la Cámara baja, establecido por el decreto ley número 9.280/83. En su artículo 5to, esa norma establece que «no participarán en la distribución de cargos» las listas «que no logren un mínimo del 3% del padrón electoral del distrito».
En una entrevista con el programa “Democráticamente” que conduce Juan Francisco en Agofa TV y en FM 93.5, el legislador radical aseguró: «Es muy preocupante lo que está haciendo el Tribunal Electoral y el Dr. Erbeta», y continuo: “Estamos ante una situación muy delicada y a nuestro modo de ver, grave en términos institucionales pero lo vamos a discutir como corresponde“, dijo
“Somos respetuosos de las instituciones de la democracia, este martes hicimos una impugnación de la asignación a Rubén Giustiniani, después en quejas ante la Corte Suprema de Justicia y vamos a pedir a la propia legislatura de la provincia de Santa Fe que se manifieste en caso de que la Corte no llegue a fallar antes del 10 de diciembre”.
Fabian Palo Oliver aseguró que la resolución violenta la jurisprudencia del Tribunal y de la Corte Suprema, y explico que “en 5 oportunidades, la Corte Suprema de Justicia de la provincia de Santa Fe ratificó la aplicación del decreto 9280 -que vale decir que el propio decreto está incluido en el segundo párrafo de este año que convoca a las elecciones-. Este artículo nunca fue derogado por eso la Corte Suprema en cinco oportunidades convalida la aplicación de ese umbral y el propio Tribunal Electoral de la provincia en todos sus antecedentes siempre aplicó el umbral del 5%“, consideró.