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HOY:  martes 07 de mayo del 2024
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Rodrigo Borla integra la mesa de implementación de Juicio por Jurados

Esta es una de las leyes que fue enviada desde el Ejecutivo como paquete normativo prioritario, en una primera etapa, con el objetivo de contar con herramientas legislativas necesarias para impulsar las políticas públicas en materia de seguridad y justicia

En la Sesión Extraordinaria N°9, la última extraordinaria del Período N° 141 que se llevó a cabo en el día de ayer, también se anunció la designación de los Senadores Raúl Gramajo, Armando Traferri, y Rodrigo Borla como integrantes de la Mesa de Implementación de Juicio por Jurados. Conformada desde el ámbito legislativo por la misma cantidad de Diputados.

Cabe recordar que el Juicio por Jurados es una de las leyes que fue enviada desde el Ejecutivo como paquete normativo prioritario, en una primera etapa, con el objetivo de contar con herramientas legislativas necesarias para impulsar las políticas públicas en materia de seguridad y justicia por parte del gobierno de Pullaro, a través del Ministerio de Justicia y Seguridad que conduce el ministro Pablo Cococcioni.

La incorporación en la provincia del Juicio por Jurados era una deuda pendiente del sistema de justicia, que ahora podrá contar con la ley que reglamentará el artículo 44 del Código Procesal Penal de Santa Fe. Además, la iniciativa aprobada en su momento cumple con el mandato constitucional que dispone que los juicios criminales finalicen por jurado.

En este sentido se ha diseñado un juicio por jurado popular, con 12 jurados titulares y 2 suplentes, para el juzgamiento obligatorio de delitos graves como homicidios, abuso sexual seguido de muerte, y también para que la sociedad juzgue el accionar policial y penitenciario en casos de enfrentamiento.

Quienes tengan entre 18 y 75 años podrán ser requeridos para formar el jurado. Para las personas de más de 70 años es opcional. No podrán integrar jurados abogados, profesionales del derecho, ni quienes trabajan en la administración pública en áreas de justicia. También quedan exentos policías, y personas que hayan recibido alguna condena.

La Constitución Nacional de 1853 y la reforma de 1994 establecen esa figura que hasta ahora sólo estaba implementada en diez provincias.