« »
HOY:  lunes 20 de enero del 2025

Cuando comienza el Calendario Impositivo 2024 de Santa Fe y que tener en cuenta

El Poder Ejecutivo promulgó, sin observaciones, la Ley Tributaria número 14.244, aprobada por la Legislatura a fines de diciembre.

La Administración Provincial de Impuestos (API) ha divulgado el calendario impositivo para el año 2024, estableciendo los primeros vencimientos tanto para los impuestos de emisión como para Ingresos Brutos después de las festividades de Carnaval. Simultáneamente, el Poder Ejecutivo promulgó, sin observaciones, la Ley Tributaria número 14.244, aprobada por la Legislatura a fines de diciembre.

Entre el 23 y el 29 de febrero, dependiendo del dígito del contribuyente, se llevarán a cabo los vencimientos de las cuotas 1 de Patente, así como de los Inmobiliarios Urbano y Rural. La cuota 2 del Inmobiliario Urbano vencerá el 15 de abril, la cuota 3 el 18 de junio, la cuota 4 el 19 de agosto, la cuota 5 el 14 de octubre y la cuota 6 el 16 de diciembre. La Ley Tributaria estableció un aumento del 190% en el Impuesto Inmobiliario Urbano y Suburbano, aplicable desde el periodo fiscal 2024, y facultó al Ejecutivo a disponer un incremento adicional en las cuotas 4 a 6. Este aumento adicional se calculará en base a la variación porcentual acumulada entre octubre de 2023 y marzo de 2024 de la Remuneración Imponible Promedio de los Trabajadores Estables (RIPTE) y el Índice de Precios al Consumidor (IPC).

En el caso del Impuesto Inmobiliario Rural, las cuotas 2 a 6 vencerán el 11 de marzo, el 13 de mayo, el 15 de julio, el 16 de septiembre y el 19 de noviembre, respectivamente. Se aplicará un incremento del 190%, y el Ejecutivo podrá disponer un aumento adicional en las cuotas 4 a 6 basado en la variación porcentual acumulada entre octubre de 2023 y marzo de 2024 del Índice de Productos Agropecuarios correspondiente al Índice de Precios Internos al por Mayor (IPM) del Sistema de Índice de Precios Mayoristas (SIPM) publicado por el INDEC.

En el caso de la Patente, la cuota 2 y las cuotas 3 a 6 vencerán el 22 de abril, el 10 de junio, el 16 de septiembre, el 11 de noviembre y el 16 de diciembre, respectivamente. La Ley Tributaria limita el Impuesto de Patente Única sobre Vehículos para el año fiscal 2024 al 160% del determinado para el periodo fiscal 2023, excepto para modelos 2023 y 2024. Sin embargo, las cuotas 4 y 5 podrán tener un aumento para aquellos que no cancelen el tributo de inmediato, basado en la variación porcentual acumulada entre octubre de 2023 y marzo de 2024 de la RIPTE y el IPC.

En cuanto a Ingresos Brutos locales, la presentación y pago del primer anticipo será desde el 15 de febrero, y la presentación de la declaración jurada anual está prevista desde el 26 de agosto. El Régimen Simplificado y el régimen de convenio multilateral vencerán desde el 15 de febrero, y la presentación de la declaración jurada anual para el régimen de convenio multilateral está prevista desde el 28 de junio.

En Sellos y Tasas, se mantendrán los beneficios de estabilidad fiscal desde 2018, sin incrementos en las alícuotas y con una actualización del valor absoluto del módulo tributario a $4.20.

En el Impuesto Inmobiliario Rural, aquellos que produzcan en forma personal y directa su propio predio tendrán actualizaciones del 74% o el 103%, dependiendo de la cantidad de hectáreas. La norma dispuso que propietarios de hasta 50 hectáreas que las afecten directamente a la actividad agropecuaria no tendrán incremento. Para aquellos con entre 50 y 100 hectáreas afectadas directamente a la actividad agropecuaria, el incremento será del 74%. Mientras que para aquellos con entre 100 y 200 hectáreas, la actualización será del 103%.

El ministro de Economía, Pablo Olivares, destacó que la ley prevé un beneficio para las actividades de comercio y servicio, que podrán computar como crédito a cuenta un 25% del impuesto Inmobiliario abonado durante este año. Además, los contribuyentes cumplidores tendrán un descuento del 15% en las cuotas 1 a 5 y del 100% en la cuota 6.