El diputado provincial Fabián Palo Oliver formalizó un pedido de jury de enjuiciamiento contra los jueces que intervinieron en uno de los casos judiciales más sensibles de la ciudad de Santa Fe en los últimos años: la causa contra el docente Juan Francisco Trigatti.
La presentación apunta directamente contra los magistrados Martín Manuel Torres, Cecilia Beatriz Labanca y Pablo Osvaldo Busaniche, quienes integraron el tribunal que en 2024 absolvió en primera instancia al acusado. Esa decisión, sin embargo, fue posteriormente revertida por instancias superiores que no solo cuestionaron el fallo, sino que terminaron condenando a Trigatti a 12 años de prisión.
En ese marco, Palo Oliver llevó el caso a una nueva instancia institucional al considerar que no se trata simplemente de una diferencia de criterios jurídicos, sino de posibles irregularidades graves en la construcción del fallo absolutorio. El pedido ya fue elevado a la Corte Suprema de Justicia de Santa Fe, que deberá definir si habilita el proceso de enjuiciamiento.
El legislador fue claro al marcar el eje de su planteo: no se cuestiona la absolución en sí misma como resultado, sino el procedimiento mediante el cual se llegó a esa conclusión. Según sostuvo, el análisis del expediente —realizado a partir de los fundamentos de los fallos de Cámara— evidencia una serie de inconsistencias que exceden el margen de interpretación judicial.
En ese sentido, Palo Oliver afirmó que existió una “gravedad institucional” que obliga a revisar el accionar de los magistrados. La contradicción entre la absolución dictada por el tribunal oral y las resoluciones posteriores, que coincidieron en la culpabilidad del acusado, fue el punto de partida para profundizar el análisis de la causa.
A partir de ese estudio, el diputado sostiene que los jueces no se limitaron a valorar la prueba producida durante el juicio, sino que habrían construido una interpretación basada en hechos que no se corresponden con lo sucedido en el proceso.
Según los fundamentos de la presentación, el tribunal habría incurrido en la omisión de pruebas relevantes, particularmente informes médicos y psicológicos que daban cuenta de lesiones y traumas en las víctimas. Al mismo tiempo, se cuestiona la incorporación de elementos no probados en el debate oral, utilizados para desacreditar los testimonios de las niñas y de su entorno familiar.
Uno de los puntos más sensibles del fallo original fue la hipótesis de una supuesta “contaminación” o sugestión colectiva de los testimonios, una línea argumental que fue duramente cuestionada por las instancias de revisión. Para Palo Oliver, esa teoría no tuvo sustento técnico ni probatorio, pero fue utilizada como base para construir la absolución.
El legislador fue aún más allá al plantear que, de comprobarse estas conductas, podrían encuadrarse en figuras penales como el prevaricato, al entender que se habría alterado deliberadamente la realidad procesal para sostener una hipótesis de inocencia.
Pero el planteo del diputado no se limita al expediente Trigatti. En su exposición pública, vinculó el caso con un debate más amplio que atraviesa tanto al sistema judicial como al ámbito político: el tratamiento de las denuncias por abuso sexual.
En ese contexto, Palo Oliver advirtió que existe una tendencia creciente a instalar la idea de las falsas denuncias como un problema estructural, lo que —según su mirada— puede tener un efecto directo en la decisión de las víctimas de denunciar.
“Hay una intención muy fuerte de desalentar las denuncias por abuso sexual”, afirmó, en una definición que busca conectar el caso con el clima político y legislativo actual, donde se discuten proyectos para endurecer penas en casos de denuncias falsas.
El legislador planteó que el Estado debe garantizar que las víctimas puedan acceder a la Justicia sin temor a ser revictimizadas, y remarcó que las estadísticas internacionales muestran que las falsas denuncias representan un porcentaje mínimo en este tipo de delitos.
La causa Trigatti, que ya venía generando impacto por sus derivaciones judiciales, suma ahora un nuevo capítulo con implicancias institucionales. El pedido de jury abre la posibilidad de que se evalúe no solo el resultado de un fallo, sino la forma en que se construyen las decisiones judiciales en causas de alta sensibilidad social.
La definición quedará ahora en manos de la Corte Suprema provincial, que deberá determinar si existen elementos suficientes para avanzar en el proceso de enjuiciamiento contra los magistrados.
Mientras tanto, el caso sigue proyectando efectos más allá de lo estrictamente judicial, instalando una discusión de fondo sobre el funcionamiento del sistema, el tratamiento de las víctimas y los límites de la actuación de los jueces en este tipo de procesos.



