31/10/2026 11:16 pm

Oscar Blando sobre las leyes de Seguridad: “El Problema no es redacción, es de contenido”

El constitucionalista cuestionó el paquete de seguridad y advirtió que el problema no se resuelve cambiando la redacción. Puso bajo la lupa las nuevas facultades policiales y los límites que impone el Estado de Derecho.

El abogado y profesor constitucionalista cuestionó con dureza el paquete de leyes de seguridad impulsado por Maximiliano Pullaro y sostuvo que la discusión no puede resolverse con simples modificaciones legislativas. Para Blando, el problema central no está en cómo fueron redactados los artículos sino en las facultades que pretenden otorgarse a la Policía y otros organismos del Estado. Declaraciones sin una defensa efectiva, allanamientos sin orden judicial, detenciones, zonas especiales de intervención y mayores atribuciones coercitivas forman parte de sus principales objeciones. “Si no, va a ser un maquillaje legislativo”, advirtió. El proyecto finalmente no avanzó en Diputados por las diferencias internas de Unidos, pero continúa dentro de la agenda política del Gobierno.

El debate sobre el paquete de leyes de seguridad que impulsa el Gobierno de Maximiliano Pullaro dejó de ser solamente una discusión entre oficialismo y oposición. Las objeciones provenientes de sectores jurídicos, la Defensa Pública, organizaciones vinculadas a los derechos humanos y especialistas terminaron ingresando también en Unidos para Cambiar Santa Fe, donde las diferencias internas impidieron que la iniciativa avanzara como estaba previsto en la Cámara de Diputados.

Un día antes de ese frustrado tratamiento, el abogado y profesor constitucionalista Oscar Blando había anticipado en Democráticamente que el proyecto difícilmente pudiera aprobarse tal como había sido presentado. “Así no va a salir”, afirmó entonces. Pero su cuestionamiento fue bastante más profundo que una predicción parlamentaria. Para Blando, el problema no está en corregir palabras, mejorar técnicas legislativas o negociar una redacción que consiga los votos faltantes. Lo que debe discutirse es el contenido mismo de las facultades que el Estado pretende incorporar para combatir el delito.

“El problema no es de redacción, es de contenido”

Esa es probablemente la definición que sintetiza toda la posición de Blando. Frente a quienes plantean que el proyecto puede modificarse para alcanzar consensos, el constitucionalista sostuvo que existen decisiones que no admiten soluciones intermedias. “Una cosa es la redacción, si hay que dar vuelta una palabra, y otra cosa es concretamente: ¿va a poder la Policía tomar declaración sin que haya un abogado defensor en la comisaría, sí o no? Eso es contenido, no es redacción. O lo ponés o no lo ponés. No hay nada entre medio”. La misma lógica aplicó a los allanamientos sin orden judicial, las nuevas atribuciones coercitivas, las detenciones y las denominadas zonas especiales de intervención.

Para Blando, modificar expresiones sin revisar esos institutos significaría mantener intacto el corazón de la iniciativa. “Si se quitan todas estas atribuciones, podemos decir: hay cambios. Ahora, si no, va a ser un maquillaje legislativo, pero en el fondo van a quedar los institutos que son peligrosos, que son regresivos y que atentan contra derechos y garantías constitucionales”, advirtió. Es justamente allí donde coloca el límite entre una negociación parlamentaria capaz de alterar sustancialmente el proyecto y la construcción de un texto híbrido que permita conseguir votos sin resolver las objeciones jurídicas de fondo.

Su diagnóstico sobre el paquete fue especialmente severo: “Este proyecto, tal cual está planteado, es de una regresión inconmensurable respecto a derechos y garantías constitucionales, nunca visto desde el 83, 84 a la fecha”. Se trata de la interpretación jurídica de Blando y no de una declaración judicial de inconstitucionalidad. La distinción es importante porque la Corte Suprema santafesina evitó anticipar una opinión sobre una cuestión que eventualmente podría llegar a resolver como tribunal. Blando reconoció esa situación: “La Corte dijo justamente que no iba a opinar sobre la constitucionalidad o no porque puede fallar”, aunque recordó que integrantes del máximo tribunal sí realizaron observaciones sobre las consecuencias de determinados institutos y facultades policiales. También mencionó cuestionamientos provenientes de la Defensa Pública, organismos de derechos humanos y especialistas.

Pullaro, los penalistas y el derecho de defensa

Parte de la entrevista estuvo atravesada por las declaraciones de Pullaro contra los abogados penalistas que cuestionaron el paquete. El gobernador sostuvo que su administración no enviaría ninguna ley que violara la Constitución y puso bajo discusión desde qué lugar hablaban algunos de sus críticos, vinculando a determinados abogados con la defensa de personas condenadas por delitos graves. También afirmó que durante años los delincuentes habían tenido más derechos que los ciudadanos.

Blando rechazó esa construcción desde el comienzo: “En primer lugar, yo no soy abogado penalista. Pero además me parece que es un agravio injustificado hacia los abogados penalistas, porque los pone en un lugar de defensores de delincuentes y me parece que el derecho de defensa lo tienen todos”. Para el constitucionalista, defender jurídicamente a una persona acusada de un delito no significa defender el delito, sino garantizar que el poder punitivo del Estado actúe dentro de reglas previamente establecidas.

Ese principio atraviesa una de sus principales objeciones al proyecto: la posibilidad de que una persona detenida declare ante la Policía sin contar en ese momento con una defensa efectiva. Blando vinculó la discusión con el cambio de paradigma que experimentó Santa Fe cuando abandonó el viejo modelo inquisitivo y avanzó hacia un sistema adversarial, donde existe una parte que acusa, otra que obligatoriamente defiende y un juez imparcial encargado de controlar el procedimiento. “Cuando la Policía te detiene y te toma declaración, eso fue, si había algo que cambiaba de paradigma de la dictadura a la democracia, lo primero que los abogados de todo el país pedían era cambiar eso”, explicó.

Para Blando, no alcanza con que un policía informe formalmente los derechos. Una persona detenida necesita conocer qué puede declarar, qué puede negarse a responder, cuáles son las consecuencias de hacerlo y cómo continuará el procedimiento. “Si vos no querés, no tenés obligación de declarar. Nadie puede declarar contra sí mismo”, ejemplificó. Sin una defensa técnica efectiva, sostuvo, puede vulnerarse el debido proceso, una preocupación que también atribuyó a representantes de la Defensa Pública.

Del “estado de sospecha” a las nuevas facultades policiales

Otro de los puntos más sensibles para Blando son las facultades de identificación y detención. Su advertencia es que una política de seguridad construida alrededor de controles indiscriminados puede invertir el principio de inocencia y transformar a cualquier ciudadano en sospechoso hasta que demuestre lo contrario. “Todos somos sospechosos hasta que demostremos la inocencia, y el principio es el inverso. Todos somos inocentes hasta que alguien nos acuse y, aun acusando, hasta que alguien nos condene en un juicio justo”, sostuvo.

El constitucionalista recordó los casos Fernández Prieto y Tumbeiro, en los que la Corte Interamericana de Derechos Humanos condenó al Estado argentino por actuaciones policiales arbitrarias, y mencionó una resolución judicial dictada en Rosario en 2024 a partir de un hábeas corpus colectivo presentado por la Defensa Pública, donde se discutieron detenciones reiteradas de personas vulnerables. Su planteo es que no portar documentación no puede transformarse automáticamente en fundamento para privar de libertad a una persona.

También cuestionó la utilización de grandes cantidades de identificaciones o detenciones como indicador de eficiencia estatal. “Si vos detenés a mil personas y hay uno que tiene antecedentes, sos ineficaz. Vos tenés que hacer al revés: conseguir identificar a ese uno y no molestar y privar de la libertad a 999”. Según Blando, la incorporación de inteligencia, bases de datos y herramientas tecnológicas debería permitir precisamente focalizar la intervención sobre personas requeridas por la Justicia en lugar de ampliar indiscriminadamente los controles.

El punto vuelve inevitablemente al control judicial. Blando advirtió sobre los riesgos de que una persona pueda permanecer durante períodos prolongados bajo poder policial sin una intervención suficiente de jueces y defensores: “Cuando a vos te detienen por 24 o 48 horas, estás a merced del poder punitivo de la Policía”. Su objeción no consiste en presentar a toda la fuerza policial como responsable de abusos. Por el contrario, reclamó mejores condiciones para sus integrantes: “A la Policía tenés que respetarla, tenés que darle buenos sueldos, que a veces no los tienen. Hoy no los tienen. Pero vos tenés que darle control”.

Blando recordó además experiencias históricas de corrupción policial y mecanismos ilegales vinculados a detenciones, extorsiones o pagos para recuperar la libertad. Desde su perspectiva, otorgar mayores facultades sin fortalecer simultáneamente los controles puede abrir nuevamente espacios para esas prácticas. “El que tiene poder abusa del poder siempre”, sostuvo, recordando que la Policía depende institucionalmente del Poder Ejecutivo provincial. La cuestión, entonces, no es solamente cuánto poder necesita el Estado para combatir el delito, sino qué controles existen sobre quienes ejercen ese poder.

El Estado de Derecho como límite a la política de seguridad

La discusión conduce al núcleo conceptual de la entrevista. Para Blando, las garantías constitucionales no son obstáculos para combatir la criminalidad, sino las reglas que determinan de qué manera puede hacerlo legítimamente un Estado democrático. Por eso rechazó que el debate se reduzca a una confrontación entre “garantistas” y partidarios de la seguridad, y recordó que derechos como la defensa en juicio, el debido proceso, la presunción de inocencia o la inviolabilidad del domicilio son muy anteriores a las actuales discusiones políticas. Mencionó la Declaración de los Derechos del Hombre y del Ciudadano, antecedentes argentinos del siglo XIX y el artículo 18 de la Constitución Nacional.

En ese marco recuperó una reflexión del especialista Alberto Binder: “Hay que ser eficiente con la Constitución en la mano, con el debido proceso, con los tratados internacionales de derechos humanos”. La seguridad y el Estado de Derecho, desde esta perspectiva, no son objetivos enfrentados. La eficiencia estatal debe producirse dentro de los límites constitucionales y no mediante su flexibilización.

Blando también cuestionó la construcción discursiva que divide el debate entre buenos y malos: “Si estás de acuerdo conmigo sos bueno; si no estás de acuerdo sos malo”. Para el abogado, esa mirada corre el riesgo de concentrar toda la discusión sobre determinados delitos visibles y sectores sociales mientras deja en segundo plano estructuras vinculadas con narcotráfico, lavado de dinero, corrupción o circuitos económicos ilegales. Y trasladó esa preocupación al tratamiento de la disidencia política y social: “Yo puedo tener otra mirada y no soy tu enemigo. Yo puedo tener otra mirada y no por eso soy un delincuente”.

Allí apareció una de sus advertencias más delicadas. Consultado sobre la posibilidad de que herramientas estatales amplias puedan utilizarse contra opositores, periodistas o manifestantes, Blando evitó afirmar que necesariamente vaya a suceder, pero consideró que facultades extensas y controles insuficientes pueden generar condiciones para abusos. “Esto puede ir contra los sectores vulnerables, segundo contra los sectores que protestan, la protesta pública, las movilizaciones. Nada nuevo, nada más que ahora está más sofisticado”, afirmó.

El Socialismo y una discusión que ahora atraviesa a Unidos

Blando había colocado una atención particular sobre el Partido Socialista, precisamente uno de los sectores donde luego quedarían expuestas las diferencias internas del oficialismo. Recordó que durante las administraciones del Frente Progresista Santa Fe avanzó en la transformación del sistema procesal penal hacia un modelo adversarial y sostuvo que algunas de las herramientas que ahora pretenden incorporarse significarían retroceder sobre decisiones tomadas durante aquellas gestiones. “Ciertamente, los socialistas no debieran votar esto”, señaló.

La discusión, por lo tanto, excede una pulseada tradicional entre Gobierno y oposición. Lo que quedó expuesto dentro de Unidos es una diferencia sobre qué límites debe conservar el Estado cuando busca ampliar sus herramientas de seguridad. Y esa diferencia es difícil de resolver mediante una negociación basada exclusivamente en palabras porque, como insiste Blando, hay artículos donde la decisión finalmente es binaria: determinada facultad existe o no existe.

El constitucionalista relacionó esa discusión con debates que Argentina atravesó durante la recuperación democrática. Sin equiparar el actual sistema institucional con una dictadura, sostuvo que determinadas herramientas vinculadas con amplias facultades policiales y menores controles obligan a volver sobre discusiones que parecían superadas. “Hay un retroceso en términos de libertad y garantías constitucionales que yo no me lo imaginaba estar discutiendo en el siglo XXI”, afirmó.

El límite que Blando le plantea al Gobierno

El paquete de seguridad continúa abierto a modificaciones y negociación política. Pero para Blando existe una diferencia fundamental entre corregir un proyecto y transformar su esencia. Si desaparecen las facultades que considera regresivas, podrá hablarse de cambios sustanciales. Si permanecen y solamente se modifica la manera de expresarlas, será, según sus propias palabras, “un maquillaje legislativo”.

Por eso la discusión que viene no debería concentrarse solamente en cuántos votos consigue Pullaro, qué posición adopta el Socialismo o qué acuerdo interno logra construir Unidos. Habrá que observar qué queda finalmente escrito: qué puede hacer la Policía, cuándo puede hacerlo, cuánto tiempo puede permanecer detenida una persona, qué intervención tendrá la defensa, cuándo podrá ingresarse a un domicilio sin orden judicial y qué controles conservarán los jueces sobre el poder punitivo del Estado.

“Algunas cosas no se pueden estar en el medio: ¿aceptás o no aceptás?”, sintetizó Blando.

Su planteo tampoco queda circunscripto a los abogados penalistas. Blando recordó que existen cuestionamientos provenientes de diferentes sectores jurídicos y académicos y reclamó que la discusión no se reduzca a descalificar a quienes ejercen el derecho de defensa. “No son solo ellos los que salen. Hay mucha gente que trabaja el derecho, que está comprometida con los derechos humanos, que está comprometida con el Estado de Derecho, que sabe decir: ‘Paren, hasta acá llegamos, es demasiado’”.

Ese es el núcleo de su advertencia al Gobierno de Santa Fe. No discute que el Estado deba combatir el delito ni desconoce la necesidad de herramientas eficaces para hacerlo. Discute cuáles son esas herramientas y hasta dónde puede llegar el poder estatal.

Porque para Blando la Constitución no aparece una vez que termina la política de seguridad ni funciona como una corrección posterior frente a los excesos. Es el límite dentro del cual esa política debe funcionar.

 

 

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