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HOY:  jueves 28 de marzo del 2024
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En Rosario aprobaron la ampliación de un paseo comercial denunciado por contaminación

En la sesión de este jueves finalmente el Concejo Municipal, aprobó el proyecto de ampliación del Fisherton Plaza Open Mall, paseo comercial denunciado ante la justicia por la contaminación del arroyo Ludueña. Desde el peronismo y Ciudad Futura se opusieron y votaron en contra.

Tras un extenso debate desarrollado en la sesión de esta tarde, el Concejo Municipal aprobó hoy por 17 votos a favor, 9 en contra y 2 abstenciones el mensaje del Departamento Ejecutivo por el que se modifica la ordenanza Nº 8.551, y se autorizan ampliaciones en el centro comercial “Fisherton Plaza Open Mall”.

Votaron favorablemente los bloques Arriba Rosario, Socialista, Rosario Progresista, Unión Pro/Juntos por el Cambio, Unión Cívica Radical/Juntos por el Cambio, Partido Demócrata Progresista y Unión Cívica Radical, y Un Gol para Rosario. En contra lo hicieron Ciudad Futura, Todos Hacemos Rosario, Frente de Todos-PJ e Iniciativa Popular, y se abstuvo la bancada de Volver a Rosario.

El paseo comercial debe cumplir el fallo judicial que ordena a la empresa una adecuación de los residuos cloacales vertidos en el arroyo. “No estamos en contra del emprendimiento, pero sí que éste funcione sin un certificado de aptitud ambiental que otorga la provincia y con una habilitación precaria, que prevé la conexión a la red cloacal, porque no tiene las condiciones para el tratamiento de los afluentes cloacales, ni la infraestructura para su desagote”, sostuvo la Concejala Luz Ferradas.

Esta situación sucede desde la inauguración de este paseo comercial en 2015 que, al no tener las condiciones sanitarias necesarias, hicieron un pozo ciego para extraer la materia fecal con camiones atmosféricos, lo que contaminó las napas y el arroyo. El fallo que avanza por vía administrativa prueba la contaminación y le exige acciones de reparación a la empresa que todavía no están regularizadas.

“Este es un mal que se le está haciendo sobre todo a los rosarinos y rosarinas. Antes de darle más permisos, tenemos que solucionar el tema de los desechos que se están arrojando al arroyo. Además, es una hipocresía que muchas y muchos concejales que se embanderan en la lucha por los humedales, tengan pedidos de informes sobre la contaminación y aún así dan nuevos indicadores a un grupo empresario para que agrande su negocio, aunque esté probado que contamina”, agregó.

La paradoja es que en la misma sesión en la que se aprobaron los nuevos permisos, también se aprobó un proyecto del Bloque Ciudad Futura que solicita al Ejecutivo Municipal que se instruya al Tribunal Municipal de Faltas a establecer las sanciones administrativas que resulten pertinentes a “Fisherton Plaza Open Mall”, a raíz de las infracciones ambientales constatadas en la sentencia dictada en autos “FISCALÍA EXTRAPENAL contra RUSITANO S.A. sobre AMPARO”, CUIJ 21-02954378-7 por parte del Juzg. 1ra. Inst. Civil y Comercial 7ma. Nominación de Rosario.

 

Datos 

En la normativa votada se determina que para algunas de las edificaciones –las señaladas en el Anexo Gráfico Nº 3 de la ordenanza – una altura máxima de 10 metros; por su parte para los bloques constructivos que se precisan en el Anexo Gráfico Nº 5, identificados como “A”, “B” y “D”, se fija una altura máxima de 17 metros, correspondiente a planta baja de 3 metros y cuatro niveles superiores.

Se establece el facto de ocupación del suelo (FOS), con un máximo de 0,40 y el factor de impermeabilización del suelo (FIS), un máximo de 0,50.

Por otra parte se consigna que para las nuevas construcciones se aplicarán las condiciones definidas para salientes de balcones y marquesinas establecidas en el artículo 3.3.2 del Reglamento de Edificación.

En tanto la edificabilidad máxima se establece en 22.860 metros cuadrados, con una tolerancia en más o en menos del 5 por ciento.

De igual modo se indica que en el caso que los edificios incorporen terrazas verdes con superficie absorbente a fin de alcanza un factor de impermeabilización de suelo del 50 por ciento de la parcela, la altura máxima podrá incrementarse en un metro.

Respecto a las compensaciones se determina que los ingresos generados bajo tal concepto se imputarán en un 100 por ciento al Fondo Especial Gestión de suelo, infraestructura y construcción y construcción de soluciones habitacionales de interés social.

Se dispone que el mayor aprovechamiento resultante de las ampliaciones de los bloques “A”, “B”, “C”, “D” y “E”, deberá imputarse un 50 por ciento al Fondo de Preservación Urbanística y un 50 por ciento al Fondo Municipal de Obras Públicas.