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HOY:  lunes 20 de enero del 2025

Brouwer pretende que se exima de impuestos a los cuarteles de bomberos voluntarios

“El presente proyecto busca brindarles una ayuda a Servidores Públicos que colaboran con un gran sentido de solidaridad y amor por el prójimo”, manifestó la Diputada Provincial del Bloque Somos Vida. 

“El presente proyecto busca brindarles una ayuda a Servidores Públicos que colaboran con un gran sentido de solidaridad y amor por el prójimo, son los Bomberos Voluntarios distribuidos en todo el ámbito de la Provincia de Santa Fe que salen al auxilio de todos los vecinos”, manifestó la Diputada Provincial del Bloque Somos Vida. 

La legisladora además agregó que “Luego de reunirme con algunos de ellos y ante la difícil situación económica que vive el país, es justo darles una ayuda que se encuentra en mano del Estado Santafesino, como son la exención impositiva, en el impuesto inmobiliario, y los servicios prestados por la Empresa Provincial de la Energía y Aguas Santafesinas.

 

Datos 

Mediante la modificación de la Ley 12.969, obrante en el Capítulo I en su artículo 8. 

La Federación Santafesina de Asociaciones de Bomberos Voluntarios y las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Santa Fe estarán exentas del pago de:

  1. a) Toda clase de impuestos, tasas y sellados provinciales, con excepción del impuesto de sellos aplicable a juegos de azar. 
  2. b) El servicio de aguas y cloacas, prestado por Aguas Santafesinas S.A. y, en los casos en que el proveedor de este servicio sea una Cooperativa, Comuna o Municipio, éstas estarán obligadas a eximir a la Asociación de Bomberos Voluntarios del pago del consumo generado. El Poder Ejecutivo deberá suscribir los convenios de colaboración necesarios a fin de cumplimentar la presente ley. 
  3. c) El servicio de energía eléctrica, prestado por la Empresa Provincial de la Energía (E.P.E.), sin límite alguno de kilowatts por período bimestral de facturación y, en los casos en que el proveedor de este servicio sea una Cooperativa, Comuna o Municipio, éstas estarán obligadas a eximir a la Asociación de Bomberos Voluntarios del pago del consumo realizado. 
  4. d) La exención del Impuesto Inmobiliario será exclusivamente sobre la sede institucional de la Federación Santafesina de Asociaciones de Bomberos Voluntarios y sobre los inmuebles utilizados por las Asociaciones de Bomberos Voluntarios de la Provincia de Santa Fe como cuarteles o bases operativas.