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Uno por uno los artículos que se pretende modificar de la Carta Magna Santafesina

Tras la definición de la Legislatura provincial en el consenso sobre cuales son los artículos que se modificaran, con el objetivo de actualizar el texto a las demandas actuales de la sociedad, en esta nota traemos un repaso de esos 40 artículos a revisar

La provincia de Santa Fe está a punto de dar un paso histórico con la reforma de su Constitución, vigente desde 1962. Tras la definición de la Legislatura provincial en el consenso sobre cuales son los artículos que se modificaran, con el objetivo de actualizar el texto a las demandas actuales de la sociedad, en esta nota traemos un repaso de esos 40 artículos a revisar. Esta instancia de avance hacia una importante modernización institucional fue destaca tango por el gobernador de la provincia, como por los demás líderes políticos y legislativos, incluso por especialistas constitucionales.

Cómo se llega a la reforma constitucional

Desde el retorno a la democracia en 1984, la necesidad de actualizar la Constitución provincial ha sido un tema recurrente entre los distintos gobiernos y fuerzas políticas. Ex gobernadores como Jorge Obeid (2004), Hermes Binner (2010) y Miguel Lifschitz (2018) impulsaron iniciativas similares, sin éxito. Ahora, se concreta un consenso amplio entre los representantes del interbloque Unidos para Cambiar Santa Fe (UxC) y otras fuerzas políticas.

El principal objetivo de la reforma es alinear la Constitución provincial con los avances normativos y democráticos implementados a nivel nacional e internacional desde 1994. Se busca también reorganizar las bases de los tres Poderes del Estado y reconocer nuevos derechos y garantías para la ciudadanía.

 

Los artículos que serán reformados

El listado de los 40 artículos abarca diversos aspectos fundamentales para la vida política, social y económica de la provincia:

1. Derechos Humanos y Garantías:

Artículo 1: Reconocimiento de los derechos humanos como pilares fundamentales.

Artículo 6: Incorporación de derechos de los pueblos originarios.

Artículo 14: Protección de derechos vinculados a la igualdad de género y diversidad.

2. Gobierno y Poder Legislativo:

Artículo 18: Reducción de los mandatos legislativos a cuatro años.

Artículo 25: Inclusión de mecanismos de participación ciudadana, como consultas populares vinculantes.

3. Poder Ejecutivo:

Artículo 31: Ampliación de atribuciones del gobernador en políticas públicas de emergencia.

Artículo 33: Incorporación de la perspectiva ambiental en la planificación ejecutiva.

4. Justicia y Seguridad:

Artículo 40: Fortalecimiento de la autonomía del Ministerio Público de la Acusación.

Artículo 43: Creación de una Defensoría de Víctimas.

5. Desarrollo Económico y Social:

Artículo 51: Promoción del desarrollo sustentable como política prioritaria.

Artículo 56: Regulación de la inversión extranjera en recursos naturales.

6. Ambiente y Recursos Naturales:

Artículo 60: Reconocimiento del acceso al agua como derecho humano fundamental.

Artículo 63: Protección de los humedales y regulación de su uso.

7. Educación y Cultura:

Artículo 71: Obligatoriedad de la educación desde los 3 años de edad.

Artículo 76: Fomento del acceso digital como herramienta educativa.

8. Reforma Electoral:

Artículo 81: Implementación de la boleta única electrónica.

Artículo 86: Paridad de género en las listas electorales.

9. Otras Reformas Significativas:

Artículo 90: Creación de un Tribunal Ambiental autónomo.

Artículo 95: Actualización de las atribuciones del Tribunal de Cuentas.

Artículo 99: Protección de datos personales como derecho constitucional.

 

Mas temas a reformar que traeran debate

Algunas otras temáticas que aborda la reforma constitucional tiene que ver con seguir ampliando derechos y garantías, o aggiornar y redefinir la Carta Magna provincial a lo que propone la reforma del 94’ a la constitución nacional, como puede ser: “Regulación del derecho a la libertad de cultos, eliminando la confesionalidad del Estado”; “Inclusión de derechos digitales y acceso a la información pública”; “Redefinición de la edad para ser legislador y eliminación de la inmunidad penal de los legisladores”.

La lista continúa con: “Posibilidad de reelección inmediata o alternada para gobernador y vicegobernador”; “Composición de la Corte Suprema con siete miembros, asegurando paridad de género y representación regional”; “Establecimiento de los 75 años como límite de edad para jueces, con posibilidad de extensión bajo aprobación legislativa”; “Regulación de la autonomía de municipios de primera y segunda categoría”;
“Extensión del mandato de comisiones comunales a cuatro años”.

 

Las próximas etapas hacia la reforma

La ley sancionada establece la convocatoria de 69 convencionales constituyentes, elegidos bajo un sistema de representación proporcional (50 convencionales) y de representación departamental (19 convencionales). Para acceder a una banca, las listas deberán superar un umbral mínimo del 2.5% de los votos del padrón electoral.

El Poder Ejecutivo fijó como fecha de elección de los convencionales el 13 de abril de 2025, coincidiendo con los comicios provinciales. La Convención Constituyente sesionará en la Cámara de Diputados de la provincia, con un plazo inicial de 40 días y una posible prórroga de 20 días para la redacción del texto reformado. El gobernador enfatizó en su momento que estas modificaciones reflejan “el consenso de un pueblo que exige instituciones modernas, inclusivas y eficientes”.

Por su parte, sectores opositores plantearon reparos respecto a la necesidad de avanzar en una reforma más profunda que incorpore mecanismos adicionales de control ciudadano. Sin embargo, destacaron la relevancia de incluir derechos ambientales y sociales.

El debate continúa y marcará el rumbo institucional de Santa Fe en los próximos años. La reforma no solo actualizará un texto legal, sino que redefinirá las prioridades y los valores que regirán la vida de los santafesinos.

 

Por Facundo Acosta

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